Actualizado dic 2025 RD-ley 15/2025: los plazos se han ampliado un año. Nueva fecha: 1 enero / 1 julio de 2027. Ver plazos actualizados ↓

Verifactu 2027:
prepárate
sin prisa

El plazo se ha ampliado hasta 2027, pero si cambias de ERP o empiezas actividad la obligación es inmediata. PRAX ERP está adaptado al reglamento y dispone de la correspondiente declaración responsable y listo desde hoy

Cuenta atrás — fecha límite Sociedades (IS) — 1 enero 2027
--Días
--Horas
--Min
--Seg
1 ene 2027
Sociedades (IS)
1 jul 2027
Autónomos (IRPF)
Logo de Verifactu

La nueva obligación de facturación de la AEAT

Verifactu obliga a todos los sistemas de facturación a generar registros
inalterables, con trazabilidad total y envío automático a la Agencia
Tributaria. Su objetivo es eliminar el fraude fiscal y garantizar que
ninguna factura pueda ser manipulada o eliminada.

El Reglamento (RD 1007/2023) está vigente desde diciembre de 2023.
El aplazamiento de 2025 solo afecta a la exigibilidad para obligados
tributarios; los fabricantes de software ya deben tener sus soluciones
adaptadas.

⚠️

Desde el 29 de julio de 2025, los productores y comercializadores deben ofrecer sistemas de facturación adaptados al reglamento. Las empresas y profesionales deberán utilizarlos dentro del plazo que les corresponda: 1 de enero o 1 de julio de 2027.

✅

PRAX ERP está adaptado a los requisitos del reglamento. La solución incorpora las funcionalidades necesarias y dispone de la correspondiente declaración responsable del productor.

¿A quién afecta?

🏢
Contribuyentes del Impuesto sobre Sociedades — deberán tener sus sistemas adaptados antes del 1 de enero de 2027.
🧑‍💼
Empresarios y profesionales sujetos al IRPF que desarrollen actividades económicas y utilicen sistemas informáticos de facturación — antes del 1 de julio de 2027.
🌍
Establecimientos permanentes de contribuyentes no residentes incluidos en el ámbito del reglamento — antes del 1 de julio de 2027.
🤝
Entidades en régimen de atribución de rentas que desarrollen actividades económicas — antes del 1 de julio de 2027 respecto de las operaciones correspondientes.
ℹ️

Exclusiones: con carácter general, el reglamento no se aplica a quienes llevan los libros registro del IVA mediante el Suministro Inmediato de Información (SII). También existen exclusiones territoriales y para determinadas operaciones, por lo que cada empresa debe comprobar su situación concreta.

Logo Agencia Tributaria

Fechas clave tras el RD-ley 15/2025

Segunda prórroga aprobada en Consejo de Ministros.
Estas son las fechas definitivas vigentes hoy.

Dic 2023
Publicado
Aprobación del RD 1007/2023
El reglamento establece los requisitos que deben cumplir los sistemas informáticos utilizados en los procesos de facturación.
29 jul 2025
Productores
Software comercializado adaptado
Los productores y comercializadores deben ofrecer sistemas informáticos de facturación adaptados a los requisitos técnicos del reglamento.
1 ene 2027
Primer plazo
Contribuyentes del Impuesto sobre Sociedades
Las entidades que presentan el Impuesto sobre Sociedades deberán tener sus sistemas informáticos de facturación adaptados antes de esta fecha.
1 jul 2027
Segundo plazo
Resto de obligados tributarios
Los demás empresarios y profesionales incluidos en el ámbito del reglamento deberán tener adaptados sus sistemas antes de esta fecha.

¿Qué debe cumplir tu software?

El reglamento define capacidades técnicas concretas. Todas están ya integradas en Adeq ERP.

🔐

Huella digital y encadenamiento

Cada registro de facturación incorpora una huella o hash vinculada al registro anterior, permitiendo detectar alteraciones y mantener la trazabilidad de toda la secuencia.

✓ Incluido en PRAX ERP
📡

Remisión automática a la AEAT

En la modalidad VERI*FACTU, los registros de facturación de alta y anulación se remiten electrónicamente a la AEAT de forma continuada y segura.

✓ Incluido en PRAX ERP
🔗

Código QR en las facturas

Las facturas expedidas mediante el sistema incorporan el código QR exigido. En la modalidad VERI*FACTU, permite al destinatario contrastar el registro con la información recibida por la AEAT.

✓ Incluido en PRAX ERP
📦

Integridad e inalterabilidad

Los registros no pueden modificarse o eliminarse sin dejar constancia. Las correcciones deben realizarse mediante los registros de anulación o las facturas rectificativas que correspondan.

✓ Incluido en PRAX ERP
🧾

Registros en formato normalizado

Los registros de facturación se generan conforme al formato XML y a los esquemas técnicos publicados por la AEAT, facilitando su validación, exportación y remisión.

✓ Incluido en PRAX ERP
🛡️

Declaración responsable

El productor del sistema debe emitir una declaración responsable que identifique el software y manifieste que cumple los requisitos establecidos por el reglamento.

✓ Declaración responsable de PRAX ERP disponible

Cómo te ayudamos con Verifactu

Ponemos a tu disposición soluciones adaptadas para que tu empresa cumpla con la normativa de la AEAT de manera sencilla, segura y sin interrupciones en tu operativa diaria.

🔧
Implementación del software — implantamos un ERP que cumple con la facturación Verifactu desde el primer día
🔗
Integración directa con la AEAT — envío automático y seguro de los registros de facturación
📑
Generación de QR y registros seguros — garantizando la trazabilidad de cada factura

Las sanciones siguen vigentes

El aplazamiento no elimina el régimen sancionador. Si el 1 de enero o 1 de julio de 2027 tu software no cumple, las multas son inmediatas. Y recuerda: si cambias de software antes, la obligación es ya.

1.000 €
Por cada factura incorrecta

Multa mínima por cada factura emitida sin cumplir los requisitos técnicos del reglamento.

10.000 €
Software no homologado

Sanción fija por utilizar un sistema de facturación que no cumple la normativa vigente.

50.000 €
Máximo por ejercicio

Límite máximo de sanción acumulada por incumplimientos durante un mismo período fiscal.

¿Tu software actual cumple con Verifactu?

El aplazamiento es una oportunidad para migrar sin prisas. Nuestro equipo revisa tu situación sin compromiso y te dice exactamente qué pasos dar.